Solicitamos Permiso de Lactancia compute días hábiles y no naturales

Categoría: Sindical
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El permiso de lactancia acumulado viene recogido en el Art. 48 f) del R.D. Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del Empleado Público que establece el derecho a un permiso acumulado de 28 días en sustitución del del disfrute por horas del permiso de lactancia a continuación de la finalización de las 16 semanas del permiso por nacimiento a madre biológica, guarda con fines de adopción, acogimiento o adopción de un hijo o hija.

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