NdP 46 POLICÍAS QUE NO HABÍAN COMETIDO NINGÚN DELITO SON AMNISTIADOS POR LOS HECHOS DEL 1-0

Categoría: Sindical
(Tiempo estimado: 1 - 2 minutos)

La amnistía solo se aplica a quien comete una infracción, los policías amnistiados cumplían con su deber legal

El Juzgado de Instrucción 7 de Barcelona, ha acordado este martes aplicar la Ley de Amnistía a los 46 agentes de la Policía Nacional, investigados por los hechos acaecidos el 1-O en los colegios electorales de Barcelona.

Varias apreciaciones:

PRIMERA: Las unidades de Policía Nacional fueron desplazados a la Comunidad Autónoma de Cataluña, para cumplir con un mandato judicial y evitar la celebración de un referéndum ilegal. Por tanto, en todo momento actuaron al amparo de la legislación vigente, cumpliendo una orden legítima de un juez.

SEGUNDA: Cualquier actuación policial puede y debe estar sometida al imperio de la ley y desde luego, al análisis judicial de proporcionalidad. Pero en este caso, solo cuestiones de ámbito político pueden explicar que los 46 policías se vieran sometidos a una investigación judicial. Su actuación se adecuó a impedir el más grave ataque a la Constitución Española que ha sufrido este país desde su promulgación.

TERCERA: El calvario sufrido por estos 46 servidores de la legalidad no se ve compensado con esta resolución de amnistía. De alguna manera se les ha utilizado políticamente y llegado a comparar con delincuentes sentenciados y condenados. Este país debería distinguir quien está a un lado y otro de la línea de la legalidad. Penoso haber llegado a esta situación.

No obstante AGRADECEMOS la resolución judicial, CONDENAMOS el uso político de estos acontecimientos y SOLICITAMOS un tratamiento mediático objetivo; no se amnistía a quien no ha cometido ningún delito.

Ver Nota de Prensa. Click aquí.

AVISO: El fichero adjunto puede contener datos de carácter personal sujeto a protección legal. Los destinatarios exclusivos del fichero son los afiliados de UFP en sus cualidades de integrantes de la Policía Nacional. Queda prohibida la distribución o publicación del fichero adjunto en otros medios o con personas no afliadas a UFP o ajenas a la Policía Nacional.